Ejecutar las políticas y ejercer el control en todo lo relativo a la Educación Pública de Gestión Privada en concordancia con los fines y objetivos de la educación y los intereses sociales y culturales de la comunidad a la que sirve.
ACCIONES:
Ejercer el control de la Educación Pública de Gestión Privada, entendiendo en todo lo referente a la misma según la normativa vigente.
Proponer normas, reglamentos, técnicas y metodologías adecuadas para favorecer los acuerdos entre la Educación Estatal y la Gestión no Estatal.
Coordinar acciones con el sistema educativo provincial y otras instituciones de la comunidad.
Gestionar toda documentación referente a la apertura, funcionamiento y cierre de Unidades Educativas Privadas.
Formular el presupuesto de asistencia financiera a las Unidades Educativas Privadas subvencionadas.
Proceder a la notificación a las distintas Instituciones de la promulgación, reforma o derogación de Instrumentos Legales o normativas que regulan el accionar de las Unidades Educativas Privadas.
Supervisar el servicio educativo de los establecimientos de Gestión Privada incorporados a la enseñanza oficial y las autorizadas provisoriamente.
Colaborar en la implementación de nuevos diseños curriculares, modificación de los vigentes y legalización de los certificados de estudio que otorgan las Unidades Educativas Privadas.